El uso de las redes sociales fuera del horario laboral puede tener consecuencias directas en el puesto de trabajo. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la procedencia del despido de una empleada de una conocida gran superficie de San Sebastián de los Reyes, tras quedar acreditado que publicó insultos graves contra sus responsables y la propia compañía en sus perfiles personales.

Límites a la libertad de expresión

 

La trabajadora, que desempeñaba sus funciones en un gran establecimiento del municipio, recurrió su despido alegando que sus críticas estaban amparadas por la libertad de expresión. Sin embargo, la sentencia judicial es clara: el lenguaje utilizado fue «soez y degradante», lo que sobrepasa cualquier derecho a la crítica y supone una falta de respeto muy grave hacia los superiores y compañeros.

Sin derecho a indemnización

Al confirmar que el despido es procedente, la justicia dictamina que la empresa actuó correctamente al prescindir de la trabajadora sin tener que abonarle ninguna indemnización. El tribunal considera que la conducta de la empleada rompió de forma definitiva la «buena fe» y la confianza que debe existir en cualquier contrato de trabajo.

Un aviso para los trabajadores del municipio

Este caso sirve como precedente para los miles de vecinos que trabajan en las áreas comerciales e industriales de San Sebastián de los Reyes. La resolución judicial recuerda que lo que se publica en internet, aunque sea en una cuenta privada, puede ser motivo de sanción o despido si afecta a la dignidad de las personas o a la reputación de la entidad para la que se trabaja.

Con esta sentencia, el TSJM cierra el proceso y valida la decisión de la empresa de Sanse de aplicar su régimen disciplinario ante las ofensas vertidas en el entorno digital.

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