Este jueves 13 de julio se termina el plazo para solicitar el voto por correo. Se puede solicitar en cualquier oficina de Correos o de forma telemática en la web de Correos, sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina. Para ello tendrás que autentificar tu identidad con el DNI electrónico o un certificado digital válido.

Foto: lamoncloa.gob

Deberás recoger el impreso de solicitud en las oficinas de Correos o presentar vía web la solicitud de voto por correo con el DNI electrónico o un certificado digital válido.

En el impreso tienes que indicar la dirección postal a la que quieres que se envíe la documentación electoral (puede ser tu domicilio, tu lugar de trabajo o un apartado postal).

La Oficina del Censo Electoral te enviará la documentación necesaria para votar a la dirección indicada.

Una vez que hayas recibido la documentación, elige la papeleta de votación e introdúcela en el sobre de votación (o no incluyas papeleta si decides votar en blanco). Introduce el sobre de votación y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre en el que está escrita la dirección de tu mesa electoral. No incluyas ningún documento acreditativo de tu identidad dentro del sobre de votación, porque en este caso tu voto sería considerado nulo por la mesa.

Lleva este sobre a una oficina de Correos y envíalo por correo certificado gratuito antes del 19 de julio.

Si estás temporalmente o de vacaciones en el extranjero, permanecerás en esa situación hasta el día de la votación y deseas ejercer tu derecho de sufragio tienes que:

 

  • Cumplimentar el impreso de solicitud (puede recogerse en consulados o embajadas o descargarse en las webs del Ministerio del Interior o el Ministerio de Asuntos Exteriores) y presentar el impreso personalmente en el consulado o embajada hasta el 24 de junio, aunque se recomienda formular la petición lo antes posible.
  • Para poder formular la solicitud deberás estar inscrito en el registro de matrícula consular del país donde te encuentres como no residente. La solicitud y la inscripción en el registro de matrícula consular pueden realizarse en un mismo acto.

El voto debe remitirse por correo certificado no más tarde del día 19 de julio. Para que estos votos sean válidos, es indispensable que conste claramente en el sobre un matasellos u otra inscripción oficial de una oficina de correos del estado correspondiente, que certifique que se ha remitido dentro del plazo previsto.

Fuente: lamoncloa.gob.es

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